¿Cuánto tarda la homologación de un título en España?
Última actualización: 5 de noviembre de 2026
Fuentes verificadas el 5 de noviembre de 2026.
El plazo legal máximo es de seis meses desde que la solicitud entra en el registro electrónico. Si pasa ese tiempo sin respuesta, la solicitud se puede entender desestimada por silencio administrativo. Pero ese reloj se detiene en varios momentos, así que el tiempo real puede ser más largo.
Fuente: Real Decreto 889/2022, art. 18.3.El plazo legal, paso por paso
Revisión de tu solicitud: hasta 10 días hábiles
El Ministerio revisa la solicitud y los documentos en un máximo de 10 días hábiles desde que la presentas. Si dudan de la autenticidad de un documento, pueden pedirte los originales o comprobarlo con la autoridad que lo expidió.
Fuente: Real Decreto 889/2022, art. 14.1.a.Si falta algo: 10 días hábiles para arreglarlo
Si falta un documento, tienes un máximo de 10 días hábiles para aportarlo. Si no lo haces, se te tiene por desistido. En casos justificados, si acreditas que te cuesta conseguirlo, puedes pedir una ampliación de hasta 35 días hábiles. Mientras te requieren algo, el plazo para resolver queda suspendido hasta que cumples o vence el plazo que te dieron. Además, en una homologación el Ministerio pide un informe no vinculante al Consejo General o Colegio profesional nacional de la profesión, que debe emitirse en 10 días hábiles.
Fuente: Real Decreto 889/2022, art. 14.1.b, 14.1.c y 14.2.Informe de la ANECA: hasta 3 meses
La ANECA tiene que emitir un informe vinculante y lo hace en un máximo de tres meses. Pedirlo suspende el plazo legal para resolver. Después se pide un informe, no vinculante, al Consejo de Universidades.
Fuente: Real Decreto 889/2022, art. 26.Audiencia: 10 días hábiles
Antes de la propuesta de resolución puedes hacer alegaciones durante 10 días hábiles. Si la propuesta es desfavorable o favorable condicionada, es provisional y tienes otros 10 días hábiles para alegar.
Fuente: Real Decreto 889/2022, art. 17.Resolución: seis meses como máximo
La resolución se dicta y se notifica en un máximo de seis meses; si no llega, se puede entender denegada.
Fuente: Real Decreto 889/2022, art. 18.3.
El tiempo real
No hemos encontrado una estadística oficial de cuánto tardan en la práctica las resoluciones, y no publicamos cifras de prensa que no podamos comprobar. Lo que sí está en la norma es que el plazo se suspende en los pasos de arriba, así que contar solo seis meses es optimista.
Qué hacer mientras esperas
- Presenta la solicitud con los documentos completos, apostillados y con traducción oficial: es lo que más evita requerimientos. Mira los pasos.
- Comprueba si tu universidad tiene una medida general: la tramitación es más rápida.
- Mira el estado de tu expediente en el portal del Ministerio y responde a los requerimientos dentro del plazo.