GUÍA · REVISADO EL 5-11-2026
Homologación condicionada o denegada: qué puedes hacer
Última actualización: revisado el 6-11-2026.
La resolución tiene uno de cuatro resultados: homologación, declaración de equivalencia, denegación o homologación condicionada a requisitos formativos complementarios (art. 18.2 del RD 889/2022). Si es condicionada, tienes un máximo de cuatro años para cumplirlos (art. 19.4). Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes recurrir en un mes (reposición) o en dos meses (vía contencioso-administrativa).
Fuente: Real Decreto 889/2022, art. 18.2, 19.4 y 21.En 2025, el Ministerio resolvió favorablemente 65.319 de 85.564 resoluciones (76,3 %): una de cada cuatro no fue favorable. Ver las cifras del informe.
Los cuatro resultados posibles
- Homologación de tu título.
- Declaración de equivalencia.
- Denegación, siempre razonada.
- Homologación condicionada a requisitos formativos complementarios, que la resolución debe indicar de forma expresa.
Si es condicionada: qué te piden y dónde lo cumples
Cifras orientativas · fuente y fecha de revisión abajo (revisado el 5 de noviembre de 2026). Aviso legal
| Forma | Fuente |
|---|---|
| Un período de prácticas académicas | art. 19.3 |
| Una prueba de aptitud | art. 19.3 |
| Un proyecto o trabajo académico o técnico | art. 19.3 |
| Cursos específicos | art. 19.3 |
Se cumplen en una o varias universidades españolas, a tu elección, que tengan el título oficial español en vigor (art. 19.4). Pregunta a la universidad cómo organiza esos requisitos antes de matricularte.
Cuenta los cuatro años desde la notificación
El plazo máximo es de cuatro años desde la notificación de la resolución. Si no has cumplido los requisitos en ese plazo, la homologación condicionada pierde efecto, sin perjuicio de que puedas pedir la convalidación de períodos de estudios (art. 19.4). Qué es la convalidación parcial.
Si te deniegan: reposición o juicio contencioso
La resolución pone fin a la vía administrativa. Tienes dos opciones (art. 21 del RD 889/2022):
| Opción | Plazo | Fuente |
|---|---|---|
| Recurso potestativo de reposición | 1 mes si la resolución es expresa; si hubo silencio, en cualquier momento desde el día siguiente al acto presunto. Se resuelve en 1 mes y no cabe un segundo recurso de reposición. | Ley 39/2015, arts. 123-124 |
| Vía contencioso-administrativa directa | 2 meses desde el día siguiente a la notificación (o al acto presunto) | RD 889/2022, art. 21 |
El art. 21 no menciona el recurso de alzada: no es la vía aquí.
Si no te contestan en seis meses
El plazo es de seis meses desde la entrada de la solicitud en el registro electrónico. Pasado ese tiempo, la solicitud se puede entender desestimada por silencio administrativo (art. 18.3). Ese plazo se suspende si te piden documentos: cuánto tarda la homologación.
Antes de que decidan: el trámite de alegaciones
Antes de la propuesta de resolución tienes 10 días hábiles de audiencia y, si la propuesta es desfavorable o favorable condicionada, otros 10 días hábiles para alegar (art. 17). Es el momento más barato para aportar un documento que falte.
Fuente: Real Decreto 889/2022, art. 17.Cuándo conviene un abogado
Los plazos para recurrir son cortos y un recurso tiene consecuencias legales. Esta página no es asesoramiento legal: si piensas recurrir, consulta a un abogado o a un servicio de orientación jurídica de tu colegio profesional antes de que venza el plazo.
Qué hacer en paralelo
- Pedir la convalidación de estudios parciales en una universidad.
- Valorar estudiar un máster en España en lugar de homologar.
- Mira cuánto cuesta cada intento: costes y tasa. Si te deniegan, la tasa no se devuelve.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tengo para recurrir?
Contra la resolución puedes presentar un recurso potestativo de reposición en un mes si la resolución es expresa (art. 124 de la Ley 39/2015), o ir directamente a la vía contencioso-administrativa en dos meses desde el día siguiente a la notificación (art. 21 del RD 889/2022). Si hubo silencio, el recurso de reposición puede presentarse en cualquier momento desde el día siguiente al acto presunto.
¿Qué es una homologación condicionada?
Es una resolución que homologa tu título siempre que cumplas requisitos formativos complementarios que la propia resolución debe indicar de forma expresa (art. 18.2.d del RD 889/2022).
¿Cuánto tiempo tengo para cumplir los requisitos?
Un máximo de cuatro años desde la notificación; pasado ese plazo, la homologación condicionada pierde efecto (art. 19.4), sin perjuicio de pedir la convalidación de períodos de estudios.
¿Se devuelve la tasa si me deniegan?
No. El Ministerio dice que si la solicitud se inadmite, caduca o se deniega, no se devuelve la tasa. Más en la guía de costes.
¿Qué pasa si no responden en seis meses?
Pasados seis meses desde la entrada de la solicitud en el registro electrónico, la solicitud se puede entender desestimada por silencio administrativo (art. 18.3).